Las empresas pueden ser halladas legalmente responsables si han puesto en el mercado productos con defectos y éstos han ocasionado algún tipo de daño a la persona que ha decidido utilizar ese producto. Según las regulaciones existentes de California relativas a los fallos en la manufactura y diseño de bienes y servicios, es completamente válido interponer una demanda contra una empresa si puedes demostrar que el perjuicio ocasionado fue el resultado de una operación negligente de la empresa.
La validez de los reclamos por productos defectuosos reside en una serie de variables, pero principalmente se toma en cuenta el elemento de “sorpresa”, es decir, el afectado pensaba que el producto iba a funcionar a la perfección y no iba a reportar ningún tipo de falla; y, repentinamente, la funcionalidad del producto se descarrilla y produce una lesión o herida en la persona que lo estaba utilizando.
En línea con lo anterior, es por ello que también se observan reclamos por publicidad engañosa. Efectivamente, desinformación en la publicidad o el marketing del producto es otro elemento que se incluye en la categoría de “productos defectuosos”. Estos casos no se presentan con la misma proporción que los anteriores, pero igual están allí; existen.
Ciertamente, los reclamos por productos defectuosos están repletos de complejidad: una de sus características es que los responsables pueden ser múltiples; no sólo los directivos de la empresa, sino que la culpabilidad puede achacarse a diversas partes, dependiendo de cada situación en particular. De esta manera, la responsabilidad legal puede recaer en la parte ensambladora, en la parte manufacturera, en la parte supervisora e incluso en los distribuidores, como el dueño de una tienda.
De forma muy frecuente, los recursos legales utilizados en las demandas por productos defectuosos son la culpabilidad estricta y la negligencia.
Exceso de peso en muebles o mesas; objetos susceptibles de ser ingeridos por niños, corriendo el riesgo de que sufran de asfixia; aparadores… Son algunos de los casos que han provocado la introducción de demandas por defectos en los productos. No cabe duda de que existe un abanico bastante amplio de circunstancias que pueden constituir un motivo para presentar una queja legal. Sin embargo, su identificación, así como sus detalles más insospechados, sólo puede ser llevada a cabo por un abogado con reconocida experticia y trayectoria; un profesional jurídico que esté especializado en productos defectuosos.
De hecho, ¿sabías que la falta de señalización sobre la falla o el defecto del producto es considerada una razón para catalogar un caso como de “producto defectuoso”? Es por ello que, en todo momento, debes optar por una representación legal que esté en el pináculo del campo. Es sumamente importante que escojas un abogado que esté dispuesto a agotar cualquier vía en aras de que seas indemnizado por el perjuicio que has tenido la desdicha de experimentar.
Abogadocontigo es la mejor opción
Si existe alguna frase, alguna serie de palabras que puede resumir a cabalidad nuestra posición sobre los casos de productos defectuosos es la siguiente: no le tenemos miedo a nadie. Y efectivamente, esta peligrosa emoción que siempre arropa a los abogados de productos defectuosos no está presente en nosotros: estamos dispuestos a enfrentarnos a cualquier empresa, independientemente de su capacidad económica. Nuestra finalidad, en estos litigios, es la consecución de justicia para nuestros clientes; y no descansaremos hasta que esa finalidad se concrete.
Aparte de nuestra implacabilidad, una de las razones por las que debes considerarnos como tu primera (y única) opción a la hora de buscar representación legal en caso de que hayas sido víctima de un producto defectuoso es la cantidad de experiencia que disponemos en estos asuntos. Nuestra experticia nos otorga una ventaja considerable con respecto a otras firmas y otros abogados; la experiencia es una virtud de la que pocos pueden vanagloriarse.
Tenemos una gran cantidad de años garantizando que las víctimas de productos defectuosos sean compensadas adecuadamente. Un número considerable de empresas en California sienten disgusto por nuestra presencia, precisamente porque conocen nuestra disposición a lograr que recompensen a los afectados por su negligencia. Hacemos énfasis en “un número”, porque estamos conscientes de que hay muchas empresas legítimas y de buena fe en nuestro estado, las cuales no deben sentirse aludidas por estas afirmaciones.
Por otra parte, nuestros abogados poseen especialización en una gran variedad de casos de productos defectuosos, entre los que cabe destacar los litigios relativos a fallos en vehículos (ya sea fallos en los neumáticos, en las bolsas de aire, en los asientos, en los cinturones de seguridad, entre otros); defectos en la fabricación del tabaco, incluyendo los casos de cigarrillos electrónicos con altísimo riesgo comprobado; y también defectos en las cortadoras de césped.
Asimismo, esta especialización se ve reflejada, por ejemplo, en nuestro manejo de novedosos casos como el polvo de talco. Si aún no estás enterado del tema, te lo explicamos brevemente: de acuerdo a algunas investigaciones científicas, la exposición prolongada al polvo de talco puede constituir un factor desencadenante de cáncer de ovarios. A pesar de que son litigios relativamente recientes, varios de ellos se encuentran en nuestro repertorio, fungiendo como comprobantes de la experticia y especialización de las que gozamos.
Así las cosas, te recomendamos, de forma encarecida, que, si eres perjudicado por defectos o fallos en un bien determinado, te pongas en contacto con nosotros lo más pronto posible. La consulta inicial es gratuita, por lo que no tendrás que desembolsar dinero para poder exponer tu caso con expertos en el área y obtener asesoría sobre cómo proceder con el problema que te ha acaecido.
Explicación detallada de nuestros casos
Bien… no podemos hablar con mucho detalle sobre los casos de productos defectuosos. Como puedes deducir de lo que hemos explicado con anterioridad, la complejidad abunda en estos litigios, así que abarcar esa complejidad en un escrito es una tarea ambiciosa, cuando menos.
Probablemente habrá surgido la siguiente interrogante en tu cabeza: “Si ustedes no han brindado una explicación detallada sobre esta temática, a saber, los casos de productos defectuosos… entonces ¿qué ha sido lo que han hecho en todo este post?”. No tienes por qué malinterpretarnos: lo que hemos proporcionado en todo ese escrito ha sido una explicación sobre algunos aspectos generales y particulares del tema; explicación, cabe aclarar, muy útil y que debe ser objeto de difusión para que todos los ciudadanos estadounidenses, especialmente los de California, estén enterados. Pero existen ciertos aspectos –tanto generales como particulares- que decidimos omitir para no sobrepasar la extensión convencional de nuestros escritos informativos.
En este apartado, tenemos la intención de ofrecer una explicación detallada de nuestros casos; siendo más específicos, sobre en qué consisten exactamente las querellas por fallos en productos que generalmente llegan a nuestros despachos.
Son tres los elementos que usualmente están presentes en estos procesos: en primer lugar, alguna herida o lesión; en segundo lugar, que esa herida o lesión haya sido causada por un producto; por último, que ese producto posea alguna falla. Visto desde la lógica informal, estos elementos componen un silogismo; es la articulación de premisas que conforman la naturaleza de los casos por productos defectuosos.
Ahora bien, esa disfuncionalidad del producto generalmente está causada por la negligencia de alguna(s) parte(s) de la cadena responsable de que ese producto estuviera en tus manos. La negligencia puede materializarse de diversas maneras, tal como apuntábamos al principio; pero usualmente, los defectos aparecen en el lugar de creación del producto, por lo tanto, ese producto nunca tuvo que haberse comercializado tan siquiera. Es decir, si, como alegan las empresas, esos productos son sometidos a pruebas antes de comercializarse, entonces no debieron haber sido puestos en el mercado disponibles para compra y para ser consumidos.
Y en eso consisten detalladamente nuestros casos de productos defectuosos; evidentemente, cada caso tiene sus particularidades, pero esos tres elementos que acabamos de mencionar siempre están contenidos en las querellas que se nos encomiendan.
Por otra parte, queremos recalcar que ello no hace mella en nuestra calidad jurídica. Es decir, a nuestros despachos llegan casos de productos defectuosos de toda índole, pero nuestro equipo de abogados posee la virtud de la especialización. Hemos atendido una multitud de litigios, algunos más raros y complicados que otros, pero siempre los manejamos con la experticia que nos caracteriza y conseguimos la victoria que permite a nuestros clientes conseguir una justa compensación por las heridas que sufrieron.
Desafortunadamente, aún no se ha puesto en marcha la creación de una ley federal que regule todo lo referente a los productos defectuosos. Es por esa razón que las querellas por fallas en los bienes se procesan en función de la legislación estadal; por lo tanto, es necesario revisar el ordenamiento jurídico del estado en el que ocurrió el incidente.
Evidentemente, existe una serie de aspectos en común en todas leyes estadales que regulan los incidentes de productos defectuosos. Sin embargo, cada ley goza de diferencias con respecto a las demás, así que no es válido generalizar las estipulaciones legales a nivel nacional.
Pero eso no es un obstáculo para nosotros: nuestros abogados especializados en productos defectuosos disponen de un conocimiento extraordinario de las regulaciones californianas en cuanto a la temática que estamos tratando. Así pues, tienes otra razón de peso para que nos pongas en el primer lugar de tu lista de opciones legales.